lunes, 3 de noviembre de 2008

Razones por la vida

-El primer derecho humano sin el cual no se puede gozar de ningún otro derecho es el que se refiere a la vida. Una sociedad que no lo reconoce plenamente y sin reservas mina las bases del Estado de Derecho, de la democracia, del bien común, de la justicia social y del desarrollo de una cultura auténticamente humana.
-El embrión humano es un organismo con genotipo propio, metabolismo propio, sistema inmunológico propio y proceso de desarrollo orientado hacia un fin preciso. Si bien es sumamente frágil y dependiente del vientre materno, el embrión humano es biológicamente identificable como un individuo diverso al cuerpo de su madre.
-Todo ser humano tiene pleno derecho a preservar la integridad de su propio cuerpo. El embrión humano también posee este derecho aunque posea capacidades diferentes a las de un adulto desarrollado. Por ello, el cuerpo de la mujer no puede considerarse superior en dignidad al cuerpo del ser humano recién concebido. Las capacidades diferentes del embrión humano no pueden ser motivo de discriminación y menos de supresión. Ambos, madre e hijo poseen la misma dignidad y merecen el mismo respeto.
-Una sociedad mide su grado de humanidad en la medida en que promueve y defiende el derecho de sus integrantes más débiles, más pobres, más vulnerables, más excluidos. La opción preferencial por los pobres y excluidos pasa por la opción a favor de la vida humana naciente.

Aborto e infanticidio son crímenes abominables ante los cuales debe defenderse la vida

Ante esta situación, hacemos "súplica por la vida de los más indefensos; vida que debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida".

Tras precisar que "el derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación", los derechos "inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política.
Estos derechos no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona".